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Se pagará menos impuesto Predial y Alcabala por Venta de Inmuebles

Para aplicar el impuesto predial se toma en cuenta el valor de autovalúo de la vivienda. El cobro se realiza siguiendo una escala de tres tramos, según este valor. Por las primeras 15 UIT que valga el predio se debe pagar un 0.2%, por el tramo que vaya hasta las 60 UIT la tasa será de 0.6%, y por todo el monto que supera las 60 UIT el cobro será de 1%. Al subir la UIT, un mayor monto de referencia pagará la menor tasa del predial, lo cual favorecerá a los propietarios con un menor pago de impuestos.

El impuesto a la alcabala grava la #venta de #=inmuebles (que no sean nuevos). La tasa del impuesto es de 3%, pero está inafecto el primer tramo de 10 UIT del valor del inmueble. Al subir la UIT, ese tramo inafecto será mayor y por lo tanto se pagará un menor impuesto.

Los cinco principales efectos que tendrá el alza de la UIT el 2017

El incremento de la UIT a S/ 4,050 tendrá implicancias en los ámbitos tributarios, laborales y judiciales. Conozca en esta nota los detalles.

El Gobierno dispuso que en el 2017 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) subirá de S/ 3,950 a S/ 4,050.

El alza de la UIT generará diversos cambios en los ámbitos tributarios, laborales y judiciales. Aquí los cinco principales:

1. Trabajadores pagarán menos impuestos

Tanto los trabajadores en planilla (rentas de quinta categoría) como los independientes (rentas de cuarta categoría) se verán beneficiados pues se elevará el nivel de deducción (7 UIT) al momento de calcular el Impuesto a la Renta.

2. Se pagará menos impuesto Predial y Alcabala

Para aplicar el impuesto predial se toma en cuenta el valor de autovalúo de la vivienda. El cobro se realiza siguiendo una escala de tres tramos, según este valor. Por las primeras 15 UIT que valga el predio se debe pagar un 0.2%, por el tramo que vaya hasta las 60 UIT la tasa será de 0.6%, y por todo el monto que supera las 60 UIT el cobro será de 1%. Al subir la UIT, un mayor monto de referencia pagará la menor tasa del predial, lo cual favorecerá a los propietarios con un menor pago de impuestos.

El impuesto a la alcabala grava la venta de inmuebles (que no sean nuevos). La tasa del impuesto es de 3%, pero está inafecto el primer tramo de 10 UIT del valor del inmueble. Al subir la UIT, ese tramo inafecto será mayor y por lo tanto se pagará un menor impuesto.

3. Subirá monto de multas

La otra cara de la moneda será que el alza de la UIT también elevará el monto de las sanciones aplicadas por las diversas entidades, ya que se calculan en base a la UIT. Aquí tenemos las sanciones aplicadas por Sunafil, Indecopi, Osiptel, Osinergmin, OEFA, entre otras.

“Mientras que por el lado de rentas de cuarta y quinta es un efecto beneficioso, por el lado de las sanciones que tengan como referencia la UIT automáticamente se está incrementando el monto de la sanción”, indicó a

4. Subirán costos judiciales

Los costos de los diversos trámites en procesos judiciales también se fijan en base a la UIT. Para ello se ha establecido la Unidad de Referencia Procesal (URP), la cual equivale al 10% de la UIT. Al subir la UIT, se incrementará el costo de cada trámite.

Por ejemplo, interponer el recurso de apelación de una sentencia cuesta el 40% de una URP. Es decir, el costo subirá de S/ 158 a S/ 162 el próximo año (hay otros trámites judiciales con mucho mayores costos).

5. Acogimiento a nueva tributación Mype

Otra implicancia se dará con el nuevo régimen tributario que se creará para las Mypes a partir del 2017, pues se podrán acoger a este régimen las empresas cuyas ventas no superen las 1,700 UIT al año. Antes del alza de la UIT se pensaba que el monto de referencia sería de S/ 6.7 millones, pero ahora queda claro que el tope será de S/ 6.8 millones.

Diario Gestion

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